Porque estar al día nunca fue tan fácil

El Consello da Xunta aprobó el Decreto de artesanía alimentaria que elaboró la Consellería do Medio Rural a través de la Axencia Galega da Calidade Alimentaria (Agacal) para “poner en valor los productos agroalimentarios artesanales y proteger a sus productores”, inciden desde la Xunta. Es la primera norma específica para este tipo de producciones que nace con la intención de disipar dudas en torno a términos como ‘hecho en casa’ o ‘casero’ que algunos productos emplean como argumento de venta “de manera falaz o incierta”, precisa la Xunta.

Así, este nuevo decreto regula las condiciones técnicas específicas necesarias para la producción artesanal de los productos alimentarios. Entre ellas, que todos los procesos de elaboración deben ser realizados conforme a la práctica del “buen hacer artesanal” conforme a la norma técnica que se apruebe para cada tipo de producto. Las materias primas deberán ser “seleccionadas” y no se podrán emplear potenciadores de sabor, colorantes o saborizantes artificiales, así como tampoco gradas trans o grasas procedentes de la palma o del coco, entre otros aditivos artificiales. Tampoco se podrán utilizar productos semielaborados como materia prima, excepto en determinados casos que se justificarán en la norma técnica correspondiente. Por el contrario, se admitirá el empleo de medios mecánicos para determinadas fases del proceso de elaboración. En el decreto se regula también el registro de la artesanía alimentaria en que deberán estar inscritas todas las empresas, que dependerá de la Agacal y que permitirá conocer “con exactitud” la dimensión de este recurso social.

La nueva normativa, que entrará en vigor a los seis meses de ser publicada en el Diario Oficial de Galicia, tiene que desarrollarse con normas técnicas específicas para cada sector. El decreto distingue 16 grupos de producción, entre los que están los productos lácteos, cárnicos, productos de la pesca y de la acuicultura, vinos, licores, sidra, cerveza y productos de panadería y confitería, entre otros. Cada una de estas actividades tendrá sus propios requisitos que irán definidos en esas normas técnicas en que ya trabaja la Consellería do Medio Rural junto con los distintos sectores.

Además del sello genérico de Artesanía Alimentaria, habrá otros dos productos artesanos específicos, uno de ellos para los productos artesanales ‘caseros o de casa’ y otro para los productos artesanos ‘de montaña’, que también llevarán su propia identificación. Los primeros serán aquellos obtenidos por empresas artesanales alimentarias que utilicen como base fundamental las materias primas procedentes de una explotación agraria a la que esté ligada la empresa artesanal; mientras que los productos artesanos de montaña son aquellos elaborados por empresas artesanas alimentarias radicadas en zonas calificadas como “de montaña” de acuerdo con lo que establece el reglamento de la Unión Europea.

 

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