Porque estar al día nunca fue tan fácil

ocio nocturno

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta exigir la presentación del certificado covid de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para acceder a todos los locales de ocio nocturno de la comunidad autónoma porque contarán, a partir de mañana, con un aforo del 100%. Hasta ahora, solo tenían obligación de requerir el certificado los locales que abriesen hasta las cuatro de la mañana y contasen con aforos del 75% en interior, y del 100%, en exterior. La ampliación de aforos, según indica el alto tribunal, supone «un plus de riesgo».

Detalla el TSXG que la medida no es de aplicación general o indiscriminada «sino que se dirige a una sola actividad: el ocio nocturno» y advierte que la mejoría de la situación epidemiológica en la comunidad no evita «la persistencia de la circulación del virus y, por consiguiente, el riesgo de su transmisión, especialmente en los establecimientos de ocio nocturno, que se frecuentan por jóvenes, colectivo que, además, es el que presenta menor cobertura en la vacunación».

Los jueces también destacan que la actividad en la que se aplica la medida se desarrolla en espacios «en los que resulta dificultoso renovar el aire de forma natural, con la consiguiente facilidad de que se transmita el virus por vía aerógena». Por ello, consideran que es «evidente» la utilidad de la medida de prevención, «que no tiene como finalidad el mero control a los clientes, sino la de impedir que accedan a los establecimientos quienes no hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos que persiguen los certificados de vacunación, recuperación y de pruebas diagnósticas de la covid». Los jueces, por tanto, concluyen que es una medida «idónea, necesaria y proporcionada».

 

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