Porque estar al día nunca fue tan fácil

El Pleno municipal de Santiago aprobó por unanimidad el convenio marco por el que se establecen las bases de cooperación entre la Deputación da Coruña y los concellos –el propio de Santiago más Ames, Brión, Teo y Val do Dubra– para regular el proyecto del Parque Compostela Rupestre. Con este convenio se establece una comunidad intermunicipal de servicios consorciados, integrada por las administraciones locales y provincial que permitirá regular la gestión compartida del proyecto. El objetivo es poner en valor este patrimonio arqueológico conjunto y brindar a la ciudadanía la posibilidad de conocerlo.

Para su puesta en marcha deberá elaborarse una memoria y un plan de actuación que incluirá un plan director, un estudio económico-financiero y un estudio técnico-organizativo interno, así como los detalles referentes a la gestión de cada una de las acciones, contratos o servicios y las formas de seguimiento del convenio. Para cada uno de los servicios de gestión compartida también será necesario aprobar una memoria y programa de actuación, así como las ordenanzas reguladoras de tasas o de precios públicos. En el caso de actuaciones desarrolladas por la Deputación, cada uno de los ayuntamientos deberá adoptar un acuerdo de delegación, siguiendo lo establecido por la ley.

Según se recoge en el convenio, las actuaciones podrán ser desarrolladas por cada uno de los ayuntamientos en sus diferentes ámbitos de competencia municipal: fomento de actividades económicas y empleo, fomento del turismo, servicios educativos, actividades recreativas y culturales, actividades deportivas, conservación de vías y espacios públicos… También podrá acordar la realización de actividades conjuntas relativas al paisaje y medio ambiente, la conservación, defensa y puesta en valor del patrimonio cultural, normalización lingüística y otras que se consideren de interés público local.

La gestión compartida del proyecto estará conducida por un Consejo de dirección que realizará las funciones de seguimiento del convenio y de los acuerdos adoptados y estará formado por dos representantes de cada uno de los ayuntamientos, siendo uno de ellos la Alcaldía o edil en quien delegue, y dos representantes de la Deputación. La presidencia del órgano será de carácter anual rotatorio, comenzando por el de menor población de los partícipes.

 

 

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