Las empresas de alojamiento que mantienen relaciones comerciales con Booking.com ya no se verán perjudicadas en su política de precios frente a la comercializadora. Así, la plataforma ha anunciado que, a partir de 1 de julio de 2024, ya no serán aplicables las obligaciones de paridad de precios, por lo que el alojamiento ya no estará obligado a ofrecer siempre las mejores condiciones de precio disponibles a la plataforma, como actualmente viene reflejado en los contratos.
Se trata de una demanda que han defendido tanto los empresarios a título individual como las asociaciones y federaciones de hotelería, dado que comprendían que este tipo de cláusulas unilaterales “podían significar un abuso de posición de dominio”, apuntan desde la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT). Durante una década, iniciativas nacionales en Alemania, Suecia o Italia tuvieron diferentes alcances, siendo el más destacado la legislación francesa en la denominada Ley Macron, que prohibió las cláusulas de paridad de precios. “En España, ningún gobierno del PP o del PSOE aceptaron nuestras reivindicaciones para hacer una ley española al modelo francés, lo que producía frustración a nivel nacional y retrasaba el nivelar las condiciones contractuales, con un aumento paulatino de obligaciones para las empresas de alojamiento que, desde nuestro punto de vista, se podían determinar como abusos”, proclaman desde CEHAT.
Esta inacción llevó a los empresarios a denunciar las prácticas de Booking.com en el Servicio de Defensa de la Competencia español “y, aunque estamos aún a la espera de la decisión final de la CNMC, todo parece indicar que Booking.com va a ser multado con una de las mayores multas jamás impuestas por la Comisión”, avanzan desde la Confederación. En todo caso, desde CEHAT valoran el anuncio de la comercializadora de eliminar las cláusulas en disputa. “Hay que ser prudentes y estar a la espera de la resolución definitiva de la CNMC”, indican.