Porque estar al día nunca fue tan fácil

Después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia decretara que la obligación de presentar un Certificado Digital Covid19 para acceder al interior de establecimientos hosteleros y locales de ocio nocturno carece de vigencia “al no haber sido autorizada judicialmente”, la Xunta sigue manteniendo la idoneidad de la medida. De ahí que haya decidido solicitar al TSXG que ratifique el requisito por entender que, de este modo, se evita cualquier duda en relación a la vigencia y eficacia de estos certificados, al tiempo que se fomenta la seguridad jurídica en el proceso.

La Administración autonómica insiste en que su empeño es garantizar el libre ejercicio de la actividad del sector hostelero compatibilizándolo con la mayor seguridad sanitaria posible, y recuerda que la exigencia de este certificado permitió la apertura de los interiores de la hostelería y restauración en situaciones en que antes estaban cerrados, así como del ocio nocturno en circunstancias en que antes estaba suspendido. Por eso entiende que la exigencia de certificados es “una medida alternativa menos gravosa al cierre de estas actividades”.

La Xunta considera que está amparada por la Ley de Salud Pública de Galicia que permite que, al objeto de proteger la salud pública, las autoridades sanitarias autonómicas adopten medidas preventivas de obligado cumplimiento cuando exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y grave para la salud de la población. De ahí que siga defendiendo el procedimiento que ha seguido, y que ahora está a la espera de ser avalado por la justicia. La alternativa podría ser volver a los cierres temporales que tanto daño están haciendo al sector.

 

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