Porque estar al día nunca fue tan fácil

El Tribunal Supremo da la razón a la Xunta de Galicia y anula la sentencia emitida el pasado mes de octubre en la que invalidaba uno de los aspectos del decreto gallego que regula la actividad de las viviendas de uso turístico en nuestra Comunidad. El Gobierno gallego había presentado un incidente de nulidad al entender que se vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva, dado que la sentencia pretendía anular un artículo del decreto 12/2017 que ya estaba contenido previamente en la ley 7/2011. Ahora –destaca la Xunta– el Alto Tribunal atiende las reclamaciones formuladas desde Galicia y anula el fallo emitido, al tiempo que desestima las alegaciones presentadas por parte de la Abogacía del Estado.

Esta decisión –recalca la Xunta– supone el “respaldo” a lo defendido desde Galicia en las últimas semanas “y da plena vigencia a nuestra normativa sobre el alquiler turístico”. En base a esto, tanto las viviendas turísticas como las de uso turístico deberán comercializarse siempre en su totalidad y no por estancias, como reclama la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).

La Xunta insiste en que la norma gallega es “razonable” y a través de ella se está regulando “con eficacia” un fenómeno global como es el de las viviendas de uso turístico, cada vez más numerosas. En Galicia, los municipios que cuentan con más servicios de este tipo son Sanxenxo y Santiago de Compostela.

 

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